En interior de mina el equipo respiratorio no es un EPI más: es lo único que separa al trabajador de una atmósfera con polvo de sílice, gases de voladura, monóxido o deficiencia de oxígeno. Y a diferencia de un guante o un casco, su fallo no se ve venir.
Qué necesita una explotación minera
Una explotación necesita que su parque de equipos autónomos, autorrescatadores y equipos de línea de aire esté revisado, con la trazabilidad documentada y las botellas dentro de su periodo de retimbrado. Necesita además que quien los usa haya sido formado en el equipo concreto que va a llevar puesto, no en un modelo genérico. Todo eso tiene que poder demostrarse en una inspección, y tiene que estar disponible cuando la brigada de salvamento minero lo necesita, no dos semanas después.
Marco normativo aplicable
- RD 863/1985 — Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera y sus ITC, incluidas las de atmósferas y salvamento.
- RD 1389/1997 — disposiciones mínimas de seguridad y salud en las actividades mineras.
- RD 773/1997 — utilización de EPI: revisión, mantenimiento y formación del usuario.
- RD 809/2021 e ITC EP-5 — inspecciones periódicas y retimbrado de las botellas de aire comprimido.
- EN 137 (equipos autónomos), EN 402/EN 1146 (evacuación) y EN 12021 (calidad del aire).
Cómo trabajamos con el sector minero
Somos servicio técnico oficial de las principales marcas de protección respiratoria y trabajamos con parques de equipos completos, no con unidades sueltas: inventario, plan de revisiones por fechas, mantenimiento en nuestras instalaciones o a pie de explotación, y retimbrado de botellas en banco propio con sello admitido por Industria. Cada intervención deja informe y certificado, de modo que la trazabilidad del parque quede cerrada.
La formación la damos sobre el equipo real de la explotación, con prácticas en nuestro simulador de humo y calor cuando el escenario lo pide. Y si la operación no puede detenerse mientras los equipos están en revisión, el alquiler cubre el hueco.